El Tribunal ordena la ejecución forzosa del cese del Jefe del Servicio de Traumatología del H. de Leganés

El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 20 de Madrid ha emitido un requerimiento que ordena a la Consejería de Sanidad al cumplimiento de la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) que anulaba el nombramiento del Jefe del Servicio de Traumatología del Hospital Severo Ochoa de Leganés.

La Consejería había hecho oídos sordos a la sentencia del alto tribunal, que era firme desde el 15 de enero de 2019 y que ordenaba, en el plazo de un mes, el cese del Jefe de Servicio de Traumatología por irregularidades en el proceso de selección.

Según recogió este medio, el TSJM consideró que la Comisión de Selección que evaluó a los candidatos al puesto de Jefe del Servicio de Traumatología de este hospital no satisfizo «la exigencia de motivación y trasparencia» exigida por la ley.

El puesto, que había quedado vacante tras la jubilación del anterior Jefe de Servicio, salió a convocatoria pública en febrero de 2015. El TSJM, haciéndose eco de una sentencia de 2014 (3157/2013) del Tribunal Supremo, consideró que la Comisión de Selección está obligada a motivar las puntuaciones que otorga a los candidatos «para comprobar que se han respetado los principios de mérito y capacidad, y que se ha adjudicado el puesto, con la finalidad de nombrar al mejor preparado».

Además, según la Sala del TSJM la Comisión de Selección tuvo en cuenta criterios de evaluación «no previstos en las bases de la convocatoria».

Según la Sala, «son principios generales del Derecho en relación con la actuación de los tribunales de selección, los de objetividad e imparcialidad que exigen, como primer supuesto, respetar los criterios de selección fijados en las bases». Todo ello infringe la ley 30/1992 del Procedimiento Administrativo Común y el Estatuto Básico del Empleado Público, por lo que el TSJM ordeno a la Consejería que cesase al actual Jefe de Servicio de Traumatología.

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