
Un juez de lo penal de Madrid ha condenado a la presidenta de la Asociación de Víctimas de Negligencias Médicas (Avinesa), Antonia Moral, a pagar 60 euros de multa por una falta de injurias por comparar con los nazis al ex coordinador del servicio de Urgencias del Hospital Severo Ochoa de Leganés Luis Montes. La sentencia absuelve sin embargo a Moral de los delitos de injurias y calumnias de los que estaba acusada, al considerar que la comparación fue "tan genérica" que no equivalía a llamar "asesino" a Montes y que las palabras de la mujer no fueron premeditadas, sino fruto "del estado de ánimo tenso de la ofensora".
El 7 de febrero de 2008, a la salida de una sesión de la Asamblea de Madrid en la que se había tratado el "caso de las sedaciones irregulares", Moral fue abordada por los periodistas y declaró: "Nosotros, como víctimas, estamos diciendo que qué más te da morir si te mandan a gasearte como hacían los nazis con los judíos o que te den una cama y te manden al sedadero sin tus familiares". Cuando un periodista le preguntó si estaba comparando a Montes con los nazis, respondió: "Pues sí, estoy comparándole, me da igual morir en una cama en unas urgencias, abandonada por mi familia, que en una cámara de gas, me da igual morir gaseada que sedada".
Para el juez, no hay delito de calumnias porque, durante la instrucción del caso, la acusada dijo que la comparación con los nazis se refería al hecho de que a las personas que habían sido objeto de sedación en el hospital de Leganés no se les dejaba despedirse de sus familiares y, en el juicio, aseguró que en ningún momento quiso llamar asesino a Montes.
El magistrado tampoco ve un delito de injurias en las palabras de Moral, lo que justifica diciendo que las pronunció en un "contexto sentimental" -su padre murió sin que pudiera despedirse de él- y que, además, solo estudió hasta quinto de bachiller, "careciendo de estudios jurídicos", por lo que no debe exigírsele "un especial cuidado en el uso del lenguaje y en sus manifestaciones públicas". La sentencia afirma, además, que Montes debe ser considerado un personaje público, y por tanto "sometido a la crítica y la discrepancia", y que la expresión "más problemática" de las pronunciadas por la presidenta de Avinesa "no surge espontáneamente en el discurso de la acusada", sino como respuesta a una pregunta directa formulada por un reportero".
El juez concluye que "los hechos no pueden ser calificados de delito, debiendo reputarse leve, en su contexto, la ofensa proferida, y debiendo ser calificados como constitutivos de una falta de injurias", por la que condena a Moral a una multa de 60 euros y a indemnizar a Montes con otros 300 euros en concepto de daños morales.
Fuentes de la acusación particular, que en el juicio pidió 18.000 euros de multa para Moral, han señalado que recurrirán la sentencia en apelación.
Comentarios
¡Pues a esta señora le digo: pague los 60 euros usted con gusto porque se merecía ese calificativo y mucho mas!
Pero que no se preocupe, que ahora el PP le va a quitar la sanidad pública, de calidad y gratuita, y como se la va a tener que pagar ella, si puede, va a ser mejor.
Un saludo Wasabi.