ULEG exigirá la dimisión del alcalde Llorente (PSOE) por "violar los derechos fundamentales" en los plenos de los partidos de la oposición
Para la formación vecinal, el actual alcalde y su gobierno han demostrado en numerosas ocasiones un comportamiento despótico hacia los partidos de la oposición, gestionando el Ayuntamiento de Leganés como si fuera un cortijo y pisoteando la pluralidad democrática.
Así, enumeran una serie de circunstancias y decisiones
en los últimos años que califican como “intolerables para cualquier demócrata”.
Una forma de gobernar que ahora también ha sido castigada con un “rapapolvo” en
formato sentencia por parte de los Juzgados.
«
Son innumerables los motivos que nos llevan a exigir la dimisión de un alcalde
que no solo abusa de su poder, sino que también demuestra no tener respeto al
resto de representantes de los ciudadanos y no sabe estar a la altura de la
ciudad ni del cargo que ostenta como representante de nuestros ciudadanos ».
“LAS COSTAS DE SU BOLSILLO, ALCALDE”
ULEG
recuerda que como formación política siempre
que ha acudido a la Justicia es porque entienden que los gobernantes están
actuando en perjuicio del interés general del pueblo de Leganés, sin que esto
haya supuesto ningún coste porque ha sido sufragado por los recursos del propio
partido, motivo por el que entre los acuerdos de la moción se insiste al
alcalde que las costas por sus malas praxis se sufraguen a cargo de su
patrimonio.
«A
lo mejor, si lo pagara de su bolsillo actuaría con la cabeza más fría y sin
tanto autoritarismo ni abuso de poder. Disparando con pólvora del Rey (el
dinero de todos los leganenses), todo es más sencillo», finalizan desde
ULEG que muestra precisamente su disconformidad por el anuncio en prensa local
del primer edil sobre la intención de recurrir la sentencia utilizando de nuevo
los servicios jurídicos del Ayuntamiento de Leganés.
Por su interés se reproduce íntegramente la moción registrada:
Moción del grupo municipal de Unión por Leganés – ULEG para exigir la dimisión del alcalde de Leganés, Santiago Llorente Gutiérrez, y la asunción de responsabilidades políticas como consecuencia de la sentencia del Tribunal Superior de Justicia por la que se ratifica la violación de los derechos fundamentales de la oposición y se condena en costas al ayuntamiento.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS.
En
un régimen político democrático caben todas las ideologías
y planteamientos por muy diversos y contrarios que sean entre sí siempre que
respeten los derechos fundamentales de las personas y las propias reglas del
juego. O dicho de otro modo, ser demócrata es la base mínima que garantiza la
convivencia y la supervivencia de un sistema que garantice los derechos y
libertades de todos.
En
este sentido, la actitud del alcalde Santiago Llorente durante el presente
mandato no ha podido ser más despótica, donde se han acumulado actuaciones
absolutamente intolerables para cualquier demócrata: celebración de plenos a
puerta cerrada, amputación de los órdenes del día de las iniciativas de los
grupos de la oposición, permitir el debate de mociones de los grupos políticos
sin estar presente el proponente de la iniciativa, expulsar a los ediles del
pleno usando incluso a la Policía Local, ningunear todas las alegaciones y
propuestas presentadas por grupos políticos, vecinos y entidades sociales tanto
a ordenanzas fiscales, como a presupuestos, recortar en el reglamento orgánico
municipal las iniciativas de los grupos políticos, poner como presidentes de
las comisiones de investigación a quienes han de ser investigados, celebrar
comisiones de investigación que se cierran antes de investigar nada, suprimir a
los grupos de la oposición de las mesas de contratación…
El máximo
exponente de este actuar inaceptable surge con la contundente sentencia que por
unanimidad un órgano judicial como el Tribunal Superior de Justicia de Madrid
dictó este mes de marzo (nº110/2021 sala de lo contencioso administrativo
sección segunda en recurso de apelación 493/2020 confirmando la sentencia de
condena al alcalde del juzgado número 15)
donde en un proceso judicial iniciado precisamente en defensa de los derechos
de los concejales de la oposición y para poner coto a estos comportamientos
autoritarios del alcalde en la cámara democrática
por excelencia como es el Pleno Municipal se describe de manera demoledora que
el proceder del alcalde “es manifiestamente arbitrario y
atentatorio al derecho fundamental contenido en los artículos 14 y 23
de la Constitución española”
o “se evidencia su intención
fraudulenta cuando ello no sucede con todos los asuntos, sino solo con unos
cuantos de ellos” o
“es el propio alcalde quien da
un trato desigual y discriminatorio a los asuntos no debatidos en el
pleno del 14 de noviembre, de forma tal que los asuntos que le interesan son
incluidos en el orden del día de la sesión extraordinaria convocada para el 20
de noviembre y los que no le interesan son relegados”.
No estamos por tanto ante una cuestión de mayor o menor competencia, capacidad, pericia y diligencia a la hora de gobernar Leganés, de ser más o menos fiel a una ideología, de servir mejor o peor a los intereses generales. Estamos ante algo de mucho más importancia: ser o no ser demócrata, considerar un ayuntamiento un cortijo o una administración respetuosa con un valor superior de nuestro ordenamiento como es el pluralismo político. Y la dignidad tanto de la institución, como de los representantes de los vecinos que tienen en el Pleno a la cámara que acoge esa pluralidad democrática, exige que se depuren responsabilidades ante hechos tan graves que pisotean la esencia misma del funcionamiento del Estado de Derecho.
Por
todo ello, se somete al Pleno del ayuntamiento de Leganés el siguiente
ACUERDO
1º) Instar a Santiago Llorente Gutiérrez a que dimita como alcalde de Leganés por no estar a la altura de la dignidad del
cargo.
2º) Trasladar oficialmente a la
dirección regional y federal del PSOE de Leganés el contenido de esta moción y de la
sentencia del TSJM para que tenga constancia fehaciente de la conducta
mantenida por un dirigente de su organización.
3º) Exigir al sr. Llorente a que las costas ocasionadas por su proceder y por el que ha sido condenado (2.000 euros) sean abonadas a cargo de su patrimonio y no sean las arcas municipales las que, una vez más, tengan que asumir un gasto a todas luces improcedente.
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