El alcalde de Leganés, condenado por violar los derechos fundamentales del portavoz de ULEG, señala Tercera Vía

La Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM), en una sentencia del pasado 3 de mayo de 2018, declara que el Ayuntamiento de Leganés vulneró el derecho a participar en los asuntos públicos del Presidente de Tercera Vía y lo condena en costas. Estuvo 8 meses sin dar información a los concejales de Unión por Leganés, partido integrante de Tercera Vía. No es la única denuncia por violación de derechos fundamentales que será sentenciada contra el alcalde de Leganés.

El Concejal de Unión por Leganés Carlos Delgado, en el ejercicio de sus funciones como miembro de la corporación, solicitó en reiteradas ocasiones por escrito al Alcalde de Leganés el acceso a la información de un expediente relativo a las obras de rehabilitación de un polígono industrial de la ciudad. La solicitud que fue presentada por primera el 28 de septiembre de 2016 y que fue reiterada hasta en 4 ocasiones no obtuvo en ningún caso respuesta por parte del Ayuntamiento.

Ante estos hechos el portavoz de Unión por Leganés, presento un recurso para la protección de derechos fundamentes ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, que ha terminado resolviendo en apelación el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, quien por unanimidad de 5 magistrados y de manera demoledora ha sentenciado que el Ayuntamiento de Leganés, dirigido por Santiago Llorente (PSOE), vulneró el derecho fundamental a participar en los asuntos públicos de Carlos Delgado como concejal de Unión por Leganés al negarle reiteradamente el acceso a la información. Además el Tribunal condena al pago de las costas al Ayuntamiento de Leganés al entender que su actuación no fue conforme a derecho, vulnerando un derecho fundamental recogido en el artículo 23 de la Constitución Española.

Esta sentencia evidencia la absoluta falta de transparencia y el comportamiento antidemocrático del Alcalde de Leganés, Santiago Llorente, que continuamente torpedea y dificulta la labor de oposición del partido independiente y principal grupo de la Oposición y alternativa al gobierno, Unión por Leganés, violando derechos fundamentales recogidos en la Constitución.

Comentarios

Anónimo ha dicho que…
La sentencia no condena al alcalde a nada, como se deduce del propio fallo; es una sentencia meramente declarativa, no condenatoria. Por tanto, no tiene ningún efecto material.
Anónimo ha dicho que…
Cierto, solo reconoce que es un cacique
Anónimo ha dicho que…
Efectivamente, declara que el alcalde es un cacique que viola derechos fundamentales del señor de ULEG.