ULEG recurre por "enchufismo e ilegalidad" el nombramiento de tres directores generales y el gerente de personal

Nota de prensa de Unión por Leganés-ULEG

Los independientes han presentado un recurso de reposición para anular los nombramientos de 3 directores generales y de 1 gerente de personal (4 que se unen a los otros 4 ya existentes) efectuados por la Junta de Gobierno Local el 22 de abril en un trámite de urgencias.

ULEG cree que se ha vulnerado groseramente la ley (incluida la 27/2013 que limita el número de cargos de confianza) y que sólo el criterio del enchufismo, del amiguismo y de la adscripción al PP ha primado a la hora de hacer estos nombramientos, saltándose descaradamente cualquier atisbo que sonara a medir méritos y capacidades.

Hasta el punto de que quienes el mismo día 22 de abril se levantaron como cargos de confianza política del PP, se acostaron sin solución de continuidad como directores generales sólo gracias al caprichoso y arbitrario dedo del alcalde y su gobierno, sin más mérito conocido que tener el carné del PP o formar parte de su círculo clientelar.

Incontables irregularidades.

Desde ULEG se recordó que son múltiples los asuntos teñidos de irregularidad, sospecha y corruptela en la gestión municipal, desde la adjudicación a dedo de obras al dueño del periódico Al Cabo de la Calle para obtener favores mediáticos, a la averiguación ante notario de quién iba a ganar el concurso del alumbrado navideño antes de que hubiera siquiera concurso, las tropelías en EMSULE, la instalación de un almacén de Coca Cola en Legatec sin licencia que favoreció el ERE en la multinacional, las falsas donaciones a Cáritas y las mentiras ante notario, las obras hechas junto al colegio privado donde el alcalde y la secretaria general del PP tienen vínculos familiares…

Por ello, Delgado reiteró su tesis de que este despropósito solo puede deberse a que el sr. Gómez Ruiz sufrió una radical metamorfosis en cuanto cogió el bastón, “ya que lo que antes eran para él amaños, cuchipandas, fraudes, estafas, mamandurrias y sinvergonzadas del PSOE-IU, han dejado automáticamente de serlo por la divina obra y gracia de que quienes ahora cometen todo eso son él y los suyos: el PP”.

Comentarios

Anónimo ha dicho que…
Si el total de cargos de confianza no supera el número límite que establece el art. 75 ter de la Ley de régimen local, ¿dónde está la ilegalidad de los nombramientos?
Anónimo ha dicho que…
Por ejemplo, en que los directores generales deben ser funcionarios :)
Anónimo ha dicho que…
El ROM permite nombrar directores generales a quienes no tengan la condición de funcionarios.
Anónimo ha dicho que…
Otra de ULEG, se están pasando la legislatura como al abuelo de Gila, queriendo inventar la radio en colores......y ahí siguen, buscando las ondas con una brocha en la mano para pintarlas.
Anónimo ha dicho que…
La ley establece que los Directores generales deberán ser funcionarios, o en el caso de que no lo sean, profesionales de reconocido prestigio. Ya que ninguno de estos 4 es funcionario, ¿donde esté la profesionalidad y el reconocido prestigio?. La Directora de RRHH tendrá reconocido prestigio por ser Karateca, pero desde luego de Recursos Humanos no tiene ni idea.
Anónimo ha dicho que…
Pues ULEG ya ha ganado el recurso de Emsule y el del Canal. Lo del colé de Arroyo Culebro y los Pptos siguen su curso y acaban de dar la razón a Uleg en un derecho rectificación. El alcalde ha sido humillado con lo de Cuadrifolio o con lo de los policías. Vamos que Uleg gana al PP por goleada en los juzgados así que ya veremos quien se ríe con este recurso de los directores o del gimnasio de Vereda
ZerSus ha dicho que…
Hondanadas de ostias se está metiendo el PP sólo. ¿Por qué te pegas? ¿Por qué te pegas?
Anónimo ha dicho que…
Zersus, por más que te esfuerces nunca llegarás a Tte. Alcalde del pequeño Almirante.
Anónimo ha dicho que…
El contenido completo del recurso de reposición http://es.scribd.com/doc/225753136/20-05-14-Recuso-potestativo-reposicion-ULEG-a-JGL-Directores-Generales-y-Gerente
Demasiados canijos aspirantes a teloneros de la Asamblea se dedican a repartir títulos putativos de aspirantes a politicucho municipal entre los ciudadanos que no les caemos bien.

Sepa usted, el del pequeño almirante, que con la que está cayendo sólo los masoquistas sin remedio o los desesperados sin oficio ni puesto de trabajo que les alumbre estarían dispuestos a tenencias. Más bien es un sacrificio y un servicio que algunos podrían hacer por su pueblo o su nación, y desafortunadamente en este blog no se manifiesta ninguno, no digo que no lo transiten e incluso lo lean, pero nadie escribe como un aspirante de los que de verdad podrían sacarnos del marasmo de impericia y desconocimiento.

Leganés padece la enfermedad de la negligencia desidiosa y del desconocimiento culposo, y eso no se cura con tanta prepotencia, ni con directores desacreditados y torpes.

Los ciudadanos que no estamos capacitados para la gestión y conocimiento de la administración sí lo estamos para reconocer a un toro en una cacharrería, más que nada por el estruendo de lo que se rompe con los cuernos y de lo que se aplasta con las hendidas pezuñas de ungulado furioso e ignorante.
Anónimo ha dicho que…
Loli, tienes plaza ya en la próxima candidatura de ULEG?
Un toro en una cacharrería causa el mismo estrépito que una hembra de jabali (más comúnmente conocida en lenguaje vulgar de los lugareños como guarra de monte) iracunda en una delegacion local.Ni te cuento el papel de una guarra de monte con bata blanca salivando por los colmillos. Para enmarcar.
Anónimo ha dicho que…
Creo que ULEG no tiene en cuenta que hay dos modelos en la dirección pública:
el modelo de la dirección pública profesional(de duración temporal, el directivo no cesa por pérdida de confianza, es casi funcionario) y el de libre designación, basado en la confianza política.
Los nombramientos últimamente realizados parece que son de libre designación, para los que no se exige libre concurrencia.
El artículo 13 del Estatuto Básico del Empleado Público, que se refiere a los directivos profesionales, es una norma dispositiva, no es de aplicación directa ni obligatoria y su aplicación depende de las decisiones de los poderes normativos estatal, autonómico o local.
La implantación de la dirección profesional en los ayuntamientos forma parte de la potestad de autoorganización local y se tendría que hacer reglamentariamente, definiendo qué altos cargos serán profesionales, o de libre designación (los intermedios). Por la redacción que la reforma le ha dado al artículo 130 de la Ley de Bases de Régimen local, son los reglamentos orgánicos los que regularán los nombramientos de los cargos directivos.(El recurso de ULEG cita el artículo en su redacción antigua).
La doctrina de los propios actos no obliga a aplicar el mismo criterio a actos que son distintos. Aunque en los anteriores nombramientos hubo libre concurrencia, no tiene por qué haberla si son cargos de libre designación. Creo que ese fue un error que cometió antes el Ayuntamiento, pues los directores generales podían ser considerados directivos profesionales por haberse convocado concurso, y por eso hubo discrepancias entre los habilitados nacionales.
Parece que con estos últimos nombramientos el Ayuntamiento tiene más claras las cosas.

Anónimo ha dicho que…
En cualquiera de los casos tiene que haber motivación en el nombramiento y especial motivación si se nombra a alguien que no es funcionario.

En el caso del ayuntamiento NO EXISTE MOTIVACIÓN ALGUNA. Ni el puesto reúne unas especifidades o no se explican o justifican para que se abra la puerta a personas que no son funcionarias. Hasta el propio Reglamento Municipal (artículo 150) establece que para saltarse la excepción de que sean funcionarios se necesita que sea en "atención a las caracetrísitcas especificas del puesto directivo". ¿Donde explica, argumenta, motiva o justifica el Gobierno las caracterísitas específicas de ninguno de los 4 puestos que han decidido proveer?

Por cierto, hay jurisprudencia más que de sobra para tumbar estos nombramientos
Anónimo ha dicho que…
Los que afirman que no están justificados los nombramientos, supongo que conocen el texto íntegro del acuerdo de la JGL y sabrán por qué lo dicen.
Los demás, solo podemos opinar sobre lo que se publica.
Anónimo ha dicho que…
Así es, en el acuerdo de JGL no se motiva el nombramiento ni se justifica la excepcionalidad del puesto para habilitar que el director general sea un no funcionario. Se viene a decir que es un cargo de confianza puro y duro aunque tenga la denominación de director general, que basta con ser licenciado/a
Ruf. ha dicho que…
Muy bueno lo de la gordi, mari lolita, no vale ni para política, pues tuvieron que echarla.

Uleg no la quiere para nada, ni para asar la panceta, que se la come toda.

Una desagradecida, eso es lo que es.

Ruf.
Anónimo ha dicho que…
Si es solo un puesto de confianza, ¿pueden estos directores generales tomar resoluciones? Tengo serias dudas. En caso de que lo hagan serían nulas de pleno derecho.
¿Alguien ha visto las competencias de los puestos de Directores Generales y en especial de Gerente de Personal?
Anónimo ha dicho que…
Los directores generales seguirán siendo eventuales de libre designación mientras no existan normas de desarrollo del Estatuto Básico del Empleado Público, que tampoco los gobiernos tienen prisa en que las haya, porque solucionarían unos problemas pero crearían otros.
Cuando se discutía la reforma de la Ley de régimen local, hace un año aproximadamente, la FEMP se opuso a que los directivos locales tuvieran que ser funcionarios y defendió los nombramientos de libre designación. Prácticamente todos los alcaldes de España estuvieron de acuerdo en esto.