Los motivos de dicha demanda, era el veto continuo a la presencia del secretario general de la Sección Sindical en la Mesa General de Negociación por parte de la entonces delegada de recursos humanos (RRHH).
La justicia declara que el Ayuntamiento de Leganés ha mantenido una conducta antisindical y le condena a una indemnización, tras la demanda por tutela de derechos fundamentales que la Federación de Servicios a la Ciudadanía de CCOO y el secretario general de la Sección Sindical presentaron el dá 5 de abril, contra esta Corporación.
Los motivos de dicha demanda, era el veto continuo a la presencia del secretario general de la Sección Sindical a la Mesa General de Negociación por parte de la entonces delegada de recursos humanos (RRHH).
El 16 de octubre se celebró el juicio y en esta semana se ha recibido la sentencia, de la que se pasa a dar resumida cuenta:
Da por “Hechos Probados todas las ocasiones en que se ha producido el veto”, además de las comunicaciones a la plantilla municipal culpando al secretario general de la Sección Sindical de CCOO de la imposibilidad de negociar.
En los Fundamentos de Derecho, además de dejar claro que la representación de trabajadores y trabajadoras tiene derecho a participar en las reuniones propias de su actividad sindical, entre otras cosas y relacionado con el boletín de RRHH 2/2013 en el que se informa al personal que no se puede negociar y se tuvo que suspender la negociación por la insistencia en asistir del secretario general, se dicta que:
“Con esta comunicación se está transmitiendo que, si no se sigue negociando, es porque el Sr. Donallo y otras personas insisten en asistir a esas reuniones, se transmite al personal que la culpa en no negociar es de los representantes sindicales denunciados por la Delegada, y esto ocasiona un daño moral al sindicato y, más concretamente, al Sr. Donallo vulnerando su derecho a ejercer la libertad sindical; por ello se declara vulnerado el derecho a la libertad sindical.”
Finalizan los Fundamentos de Derecho con “Acreditada la violación del derecho fundamental a la libertad sindical, se presume la existencia de daño moral y la dignidad del Sr. Donallo como representante de los trabajadores y nace el derecho a la indemnización…”
Para terminar con el Fallo declara “que ha sido una conducta antisindical la mantenida por el AYUNTAMIENTO DE LEGANES desde el 6 de marzo a 6 de mayo de 2013, habiendo cesado la misma, y se condena al AYUNTAMIENTO DE LEGANES a abonar a la FEDERACION DE SERVICIOS DE CCOO y a D. AGUSTIN DONALLO GOMEZ como indemnización la cantidad de 2000 euros.”
Se puede ver que la sentencia es contundente, y debe servir para que el alcalde, como máximo responsable de la situación que se dio en esos meses al permitir, que la entonces delegada de RRHH vulnerara derechos fundamentales de forma reiterada, tome buena nota y de ninguna manera vuelva a tolerar semejantes hechos.
Además, esta sentencia queda como ejemplo claro de lo que fue el periodo del 24 de octubre de 2012 al 14 de mayo de 2013 en lo referente a RRHH en este ayuntamiento, con una delegada que en esos escasos siete meses se encargó de dinamitar las relaciones laborales más elementales.
Aunque el ayuntamiento tiene posibilidad de Recurso de Suplicación ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, con el correspondiente pago de tasas, por cierto más que elevadas gracias al ministro Gallardón, CCOO espera que impere la razón y no se juegue con el dinero de toda la ciudadanía ante hechos que han quedado más que demostrados.
La Sección Sindical de CCOO en el Ayuntamiento de Leganés se felicita por esta sentencia, y seguirá ejerciendo los derechos de la parte trabajadora con total contundencia en defensa de esta plantilla municipal.
Así lo publica http://ccooweb.es/noticias/2013/n131108.html
La justicia declara que el Ayuntamiento de Leganés ha mantenido una conducta antisindical y le condena a una indemnización, tras la demanda por tutela de derechos fundamentales que la Federación de Servicios a la Ciudadanía de CCOO y el secretario general de la Sección Sindical presentaron el dá 5 de abril, contra esta Corporación.
Los motivos de dicha demanda, era el veto continuo a la presencia del secretario general de la Sección Sindical a la Mesa General de Negociación por parte de la entonces delegada de recursos humanos (RRHH).
El 16 de octubre se celebró el juicio y en esta semana se ha recibido la sentencia, de la que se pasa a dar resumida cuenta:
Da por “Hechos Probados todas las ocasiones en que se ha producido el veto”, además de las comunicaciones a la plantilla municipal culpando al secretario general de la Sección Sindical de CCOO de la imposibilidad de negociar.
En los Fundamentos de Derecho, además de dejar claro que la representación de trabajadores y trabajadoras tiene derecho a participar en las reuniones propias de su actividad sindical, entre otras cosas y relacionado con el boletín de RRHH 2/2013 en el que se informa al personal que no se puede negociar y se tuvo que suspender la negociación por la insistencia en asistir del secretario general, se dicta que:
“Con esta comunicación se está transmitiendo que, si no se sigue negociando, es porque el Sr. Donallo y otras personas insisten en asistir a esas reuniones, se transmite al personal que la culpa en no negociar es de los representantes sindicales denunciados por la Delegada, y esto ocasiona un daño moral al sindicato y, más concretamente, al Sr. Donallo vulnerando su derecho a ejercer la libertad sindical; por ello se declara vulnerado el derecho a la libertad sindical.”
Finalizan los Fundamentos de Derecho con “Acreditada la violación del derecho fundamental a la libertad sindical, se presume la existencia de daño moral y la dignidad del Sr. Donallo como representante de los trabajadores y nace el derecho a la indemnización…”
Para terminar con el Fallo declara “que ha sido una conducta antisindical la mantenida por el AYUNTAMIENTO DE LEGANES desde el 6 de marzo a 6 de mayo de 2013, habiendo cesado la misma, y se condena al AYUNTAMIENTO DE LEGANES a abonar a la FEDERACION DE SERVICIOS DE CCOO y a D. AGUSTIN DONALLO GOMEZ como indemnización la cantidad de 2000 euros.”
Se puede ver que la sentencia es contundente, y debe servir para que el alcalde, como máximo responsable de la situación que se dio en esos meses al permitir, que la entonces delegada de RRHH vulnerara derechos fundamentales de forma reiterada, tome buena nota y de ninguna manera vuelva a tolerar semejantes hechos.
Además, esta sentencia queda como ejemplo claro de lo que fue el periodo del 24 de octubre de 2012 al 14 de mayo de 2013 en lo referente a RRHH en este ayuntamiento, con una delegada que en esos escasos siete meses se encargó de dinamitar las relaciones laborales más elementales.
Aunque el ayuntamiento tiene posibilidad de Recurso de Suplicación ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, con el correspondiente pago de tasas, por cierto más que elevadas gracias al ministro Gallardón, CCOO espera que impere la razón y no se juegue con el dinero de toda la ciudadanía ante hechos que han quedado más que demostrados.
La Sección Sindical de CCOO en el Ayuntamiento de Leganés se felicita por esta sentencia, y seguirá ejerciendo los derechos de la parte trabajadora con total contundencia en defensa de esta plantilla municipal.
Así lo publica http://ccooweb.es/noticias/2013/n131108.html
Comentarios
La indemnización, ya es más discutible, pero bueno.
Lo que es inexacto es que el Ayuntamiento tenga que pagar tasas para recurrir, pues las entidades locales están exentas de dicho pago.
No me resulta raro que comparen al alcalde con Franco hacen la misma política de represión con los trabajadores.
Muestra una incompetencia total y pertenece a otro tiempo.
Lo mejor que puede hacer es irse a su casa, y si es de Vallecas mejor (más lejos)
Lo malo de esta sentencia es que algunos sindicalistas vean un filón y vayan a la caza de indemnizaciones por daños morales. Para no sentar precedentes, el Ayuntamiento debería recurrir, pese a lo que dice CCOO. Posiblemente, en el TSJM no tengan tanta suerte.
Ahora que debería haber responsabilidad por parte del funcionario o cargo afecto y que fuera el de su bolsillo quién pagase las costas, las sentencias y la defensa, en ese caso otro gallo cantaría.
¿Enfrentamiento personal? No es lo que dice la sentencia ni el sentido común.
La sentencia dice que este ayuntamiento ha violado derechos fundamentales del sindicato CCOO.
Muy normal no es, y aumenta aun mas la convicción que muchos tenemos de que la corrupción se ha instalado en el ayuntamiento de leganés.
Y lo peor es que en este pueblo el hecho de que violen tus derechos fundamentales ya no escandaliza a nadie, porque puede ser peor. También pueden darte una paliza por la calle a las 3 como le ocurrió a un alto funcionario municipal, o amenazarte con mandarte cabezas rapadas a tu caseta como le ocurrió al PSOE.
Así de civilizado anda últimamente leganés.
Paseé por Azca, que en parte fue también sociata, la Fundación Cesáreo del Cerro, y todas esas cosas.
Es un Madrid espléndido, que en nada desmerece los Campos Elíseos de París, aunque el neoclásico de los Nuevos Ministerios es un pastiche, como lo es la Plaza Mayor de LEGANÉS, obra esta también de otro gallego, aunque este sea más de andar por casa.
Por aquí venía el ínclito PASCUAL, al palco de la Catedral, el Bernabéu, con Flo, aunque el muy pájaro solía negociar las invitaciones, que luego fundía.
De siempre abundaron los buenos lugares por esta zona, el Gayarre, antes el rey de la noche, ahora cerrado, al igual que lo están la Comercial Cubana, Puerto Plata, etc.. aunque aún nos queda LA NUIT, en uno de estos lugares me sacó PASCUAL los cuartos, como siempre.
También el Canoe donde el tío Ruf. ganó buenas pelas, partidas importantes, buenas y baratas copas, la Dorada, un gran restaurante, no caro, parada obligada por ello, y como no José Luis, el rey del vino, las tapas, de todo ……..
Me acerqué a la colina de los chopos, la Residencia de Estudiantes, donde recordé los atardeceres en buena tertulia y mejor compañía.
Buenos recuerdos de épocas pretéritas, y ahora solo a veces reeditados.
Ruf.
Igual de cierto como que el secretario de cc.oo tampoco satisfizo cantidad alguna al poner la demanda; para eso están las cuotas de los afiliados y ...... para algo más (que pregunten en Andalucía). Al igual que no aporta nada económico al realizar la demanda de igual manera nada aporta respecto de su trabajo como funcionario perteneciente al citado Ayuntamiento, y ... desde hace más de OCHO AÑOS (por aquello de los liberados); eso sí son daños morales pero para el bolsillo del contribuyente. Nos preguntamos que quien pagará la indemnización?. Está por ver que dice el Órgano Superior. Y como nunca dicen la verdad habrá que esperar la sentencia del caso juzgado de la delegada de rr.hh. contra éste sindicalista cuyo juicio se celebró el pasado mes de octubre; y es por eso que tal vez el secretario en cuestión pusiera la demanda..... para aparentar... Si vemos los antecedentes y nos informamos es normal que la delegada de rr.hh. no le permitiera asistir a las reuniones, una vez materializados los insultos, vejaciones y amenazas, etc. en público y con la presencia del hijo menor de la aludida delegada; por lo que interpuso antes que el secretario, la oportuna denuncia. También cierto es que podía haber asistido a dichas reuniones cualesquiera del resto de delegados, pero no; el caso era tocar las p.....s. Así teniendo algo de información no sabemos quien ha vulnerado más derechos fundamentales. Y como se dice en anteriores comentarios yo también creo que poco tiene que hacer este secretario en el TSJM una vez dictada sentencia del juzgado de Leganés; y entonces habrá que preguntarse quién paga los gastos. Como he dicho anteriormente pagaremos los afiliados y contribuyentes. Fuera subvenciones.
Y lo voy a dejar aquí porque prefiero (de momento) no opinar de la ineptitud como sindicalista de este secretario, y claro .... algo tenía que hacer, por aquello de hacerse notar, y bien que lo ha hecho. Ya sabemos que la ignorancia produce atrevimiento y mejor no lo ha podido hacer.
Salud para todos.