El alcalde se querellará contra IU Leganés y su portavoz si no retira la acusación

”Ignoro si la actitud de Raúl Calle se debe a la ignorancia, al resentimiento, a la estulticia o a la mala fe, pero le advierto de que sus calumnias no le van a salir gratis”, afirma Jesús Gómez.

El alcalde, Jesús Gómez, denuncia el “incomprensible e inadmisible desconocimiento de la Ley, tras ocho años en el gobierno municipal, o el pésimo asesoramiento al que se ve sometido”, el portavoz de IU-Los Verdes, Raúl Calle, tras acusar al primer edil del nombramiento irregular de un alto cargo del Ayuntamiento y que con ello “podría haber incurrido en un presunto delito contra la Administración Pública”.

“El señor Calle tiene la costumbre de tirarse alegremente a la piscina, y como premio a su tesón y constancia esta vez se ha roto la crisma. Insto al Grupo Municipal de IU y, por extensión a Raúl Calle, a retractarse de todo lo que ha manifestado públicamente o me querellaré contra él por un presunto delito de calumnias", advierte el regidor 'popular'.

”Ignoro si la actitud del señor Calle se debe a la ignorancia, al resentimiento, a la estulticia o a la mala fe, pero quiero advertirle de que sus calumnias no le van a salir gratis”, añadió.

"Causa risa que Calle quiera acusar a este recién estrenado de gobierno nada menos que de delitos contra la administración Publica, cuando Calle, en su desempeño como concejal de Urbanismo, se ha hecho famoso por paralizar arbitrariamente licencias o dar trato de amigo".

"Por ejemplo", continúa, "al responsable de la destrucción de la ermita de La Mora, uno de los episodios más esperpénticos de la pasada legislatura en la que el propio calle, junto con el anterior concejal de Cultura, José Castejón, se empeñaron en bilocar la difunta ermita o en inventarse terremotos de antaño para justificar los desmanes de hogaño", concluyó Jesús Gómez.

El presunto delito atribuido por IU al alcalde es la carencia de habilitación de carácter nacional (los denominados ‘habilitados nacionales’) del funcionario que, junto al primer edil, firmó el Decreto dictado por Alcaldía en lo tocante a la Delegación de Competencias del nuevo equipo de gobierno municipal tras el cese voluntario del titular de la Oficina de apoyo a la Junta de Gobierno que se produjo el 13 de junio, el mismo en el que Gómez entró por primera vez en el despacho de Alcaldía.

El primer edil se remite al informe verbal en el Pleno extraordinario del 4 de julio por la secretaria general:

“El primer día después de la constitución de la Corporación Municipal, el titular del órgano de apoyo, habilitado nacional, cesó porque vino un nombramiento de la Xunta de Galicia y el único habilitado que había en Secretaría es la Secretaria accidental del Pleno.

Es absolutamente imposible compatibilizar la secretaría accidental del Pleno y el titular del órgano de apoyo. Hasta tanto se resuelva la cuestión por parte de la Comunidad de Madrid se nombró en la Junta de Gobierno, que se celebró con carácter extraordinario y urgente ese mismo día 13, el nombramiento de un técnico de Administración General de esta casa, licenciado en derecho y jurídico.

Se ha dado traslado a la Comunidad de Madrid y me figuro que cuando se hagan las entrevistas por parte de alcaldía a los habilitados de carácter nacional, se realizará por parte de la Comunidad de Madrid un nombramiento provisional. Hasta tanto el técnico designado es el que lo ha sido por parte de la Junta de Gobierno”.


De hecho, éste es precisamente el procedimiento contemplado para estos casos en el Artículo 33 del Real Decreto 1732/1994 de 29 de julio sobre provisión de puestos de trabajo reservados a funcionarios habilitados estatales dice textualmente: “Cuando no fuese posible la provisión del puesto por los procedimientos previstos en los artículos anteriores al presente real decreto, las corporaciones locales podrán nombrar con carácter accidental a uno de sus funcionarios suficientemente capacitado”.

Por lo tanto, el nombramiento debe recaer en un funcionario propio del Ayuntamiento suficientemente capacitado, en este caso un técnico de Administración general jurídico, por lo que en absoluto es necesario que el nombramiento accidental recaiga en un funcionario habilitado estatal.

Comentarios

Ruf. ha dicho que…
¿Calle que se calle?.

Ruf.
Anónimo ha dicho que…
El propio Calle siendo alcalde en funciones pone habitualmente a una administrativa, una tal Lara, en sustitución de un habilitado nacional como es el tesorero del Ayuntamiento.
Anónimo ha dicho que…
Y cuando la Interventora ha estado de vacaciones, la Jefe de Contabilidad, también ha sido nombrada por el propio Raúl Calle o por Montoya para sustituirla.¿También cometieron Calle y Montoya delitos continuados por los nombramientos reiterados de dicha funcionaria?
Anónimo ha dicho que…
Calle está siendo muy mal aconsejado por jurídicos afines del Ayuntamiento y está escenificando una vendeta contra el único funcionario que le plantó cara y no quiso aceptar sus trapisonderías y chapuzas, motivo por el cual esta persona fue apartada de esa concejalía. La sed de venganza de Calle no tiene límites y va a arrastrar a los funcionarios jurídicos que le dictan recursos de inconfundible redacción a una incómoda situación ante el nuevo gobierno. Resulta patético y bastante arriesgado.
Anónimo ha dicho que…
En google aparecen actas de esos nombramientos de Calle y Montoya... qué caramba, es verdad!
Anónimo ha dicho que…
Cualquier ciudadano tiene derecho a interponer un recurso de reposición y el Alcalde a contestar en los términos legales que estime oportunos.

¿El Alcalde se querellará con todo aquel que le ponga un recurso de reposición argumentando que lo hace porque se ha dudado de su honorabilidad?

Cuando un policía ponga una multa, ¿se querellará si presento un recurso porque dudo de su actuación?
Anónimo ha dicho que…
La tonteria de Calle es una lamoldada.

Dícese del asesoramiento de un tal al que le legalizó la piscina de su chalet en el segundo sótano de este.

Toda una ilegalidad.
Anónimo ha dicho que…
Nos vamos a descojonar durante esta etapa con las lamoldadas de Calle.

Que le asesore la PRIMA que a lo mejor sabe algo más, aunque lo dudo.
Anónimo ha dicho que…
Pero si es la prima la que le asesora, la que le hace trabajos en la sombra y a la que le le tiene prometido más prebendas.
Anónimo ha dicho que…
Claro que cualquiera puede interponer recursos, pero NO AIREARLOS EN LA PRENSA COMO SI POR EL HECHO DE INTERPONERLOS YA SIGNIFIQUE QUE HAN COMETIDO DELITO LOS FUNCIONARIOS Y LOS POLÍTICOS. Eso tiene un coste judicial, que puede ser perfectamente, una denuncia por parte del Alcalde ¿porqué no? Si Calle calumnia, denuncia al canto.
Anónimo ha dicho que…
Pues claro que puede airearlo.

Puede salir en la tele enseñando el recurso y publicarlo donde me parezca.

Que el Alcalde le pone una querella, pues también está en su derecho, pero lo lleva crudo.

Y la pregunta es, ¿a todo vecino que interponga un recurso y lo anuncie en un periódico se le pondrá una querella?
Anónimo ha dicho que…
A todo el vecino que calumnie se le puede poner una querella. Otra cosa es que recurra. La gente normal cuando recurre no calumnia en un medio de comunicación, pro lo tanto, no es comparable. Si hay calumnia, hay denuncia.
Anónimo ha dicho que…
Señor alcalde no se olvide de cesar inmediatamente al director de la escuela de música.