CSI-F: "Los 'ochentamileuristas' están consiguiendo paralizar el Ayuntamiento de Leganés"

El sindicato CSI-F denuncia que la excesiva burocratización, motivada por la Ley de Grandes Ciudades, paraliza la gestión municipal.

Este es el informe-denuncia del sindicato:

"En nuestro Informe Sindical de Julio hablamos de la locura organizativa, con la excusa de la Gran Ciudad, por el exceso de cargos asesores y/o directivos y su negativa repercusión en el Presupuesto.

Pero es que, además de carísimos, algunos “ochentamileurístas” están resultando letales para el normal funcionamiento del Ayuntamiento. Estos ejemplos nos los han contado varios compañeros/as al borde del ataque de nervios:

Certificados sobre documentos. -Legalmente le corresponde emitirlos al Secretario. Según el ROM, al Titular de la Oficina de Apoyo a la Junta de Gobierno Local (uff vaya nombrecito), sobre texto redactado y rubricado al margen por el Jefe de la Dependencia donde se encuentra el documento o antecedente.

Pues no; Ahora, resulta que el Concejal de turno tiene que hacer un Decreto “aprobando” el documento; Y luego, el Titular… certifica que hay un Decreto que aprueba un Documento, etc. etc.

Y, ¿Si el Concejal no hace el Decreto? ¿Acaso no existe el documento? ¿Tienen los Concejales competencia para aprobar documentos, o estos existen aunque el Concejal no los apruebe por Decreto?

Fecha de los Decretos del Alcalde y Concejales-Delegados. -Hasta la Gran Ciudad, los expedientes que se resuelven por Decreto se enviaban junto con las notificaciones al Secretario para su firma, incorporación al Libro de Resoluciones, al expediente y su notificación al interesado.

Pues no; Ahora, tienen que ir con la fecha en blanco y el Titular… les pone la fecha con fechador. Como los portafirmas se envían a la Plaza Mayor por correo interno, como poco, entre que se firma el Decreto y se le pone la fecha transcurren varios días. Resultado: Inseguidad Jurídica para todos: Interesados y Responsables de la tramitación.

¿Que pasa si entre la firma y la fecha se produce la resolución por silencio administrativo? ¿Obtiene el interesado su petición? ¿A quien se le exigen las responsabilidades por el aparente retraso? ¿Al Concejal, al Titular… o al Funcionario que redactó el Decreto?

Informes jurídicos o económicos para los expedientes. -Hasta la Gran Ciudad, los expedientes se remitían a Intervención para anotar la Reserva de Crédito y fiscalización. Directamente, se enviaban a Secretaría para, tras incorporar el Informe jurídico, en su caso, incluirlos en el Orden del día (Pleno o J.G.L.)

Pues no; Ahora, hay que pedir por escrito Informe a Asesoría Jurídica; Lo devuelve por correo interno. Nuevo escrito de Informe a Intervención; Vuelve por correo interno; Viaje a la Plaza Mayor; Devolución con nota gorrinera para que se varíe la Propuesta según Informe jurídico; 2º Viaje a la Plaza M.; Otra devolución con nota gorrinera para que Intervención “requeteinforme” sobre la nueva Propuesta; 3º viaje a la Plaza M.; Con suerte se aprueba; Certificado: Unos 30 días después de la aprobación.

¡¡¡SIN COMENTARIOS!!!"

Comentarios

poejosman ha dicho que…
Jolines, lo que dice la nota:
Sin comentario...